La vulnerabilidad climática desde las relaciones comunitarias

Entre los diferentes propósitos de las políticas climáticas de adaptación se encuentra la necesidad de identificar quién puede sufrir más daños y qué apoyos deben priorizarse. Tradicionalmente, una parte importante de las evaluaciones sigue describiendo la vulnerabilidad mediante variables individuales y categorías poblacionales. Sin embargo, este tipo de métodos presentan obstáculos significativos que deben y pueden superarse para lograr una adaptación más eficiente basada en las soluciones. Lo que muestran los indicadores y lo que dejan fuera El marco actual del IPCC entiende la vulnerabilidad como la propensión o predisposición a sufrir efectos adversos. El riesgo climático se produce por la combinación de la aparición de un peligro climático, la exposición a él y la capacidad de la población expuesta a adaptarse a él, lo que se conoce como vulnerabilidad. La distinción entre estos tres elementos importa: vivir en un lugar expuesto a una ola de calor no produce el mismo riesgo en una vivienda bien aislada que en otra sin ventilación, ni para una persona con autonomía y apoyos que para otra que afronta una situación de aislamiento o de dependencia. En la práctica, muchos índices que tratan de medir la vulnerabilidad traducen esta complejidad a variables disponibles en censos y registros administrativos. Una revisión de 230 estudios sobre vulnerabilidad social, clima y salud encontró una fuerte concentración de indicadores, como la edad, el sexo, los ingresos, la pobreza, el desempleo, la educación o la densidad de población; y una presencia mucho menor de dimensiones estructurales e institucionales (Li, Toll y Bentley, 2023). Se podría decir que este fenómeno es comprensible, ya que son datos comparables, periódicos y territorializables. Sin embargo, con frecuencia nos encontramos con que la disponibilidad estadística de datos termina definiendo lo que se debe considera relevante, lo cual se aleja del rigor científico. Por otra parte, los índices de vulnerabilidad basados únicamente en atributos individuales pueden señalar dónde se acumulan desventajas, pero tienen dificultades para explicar por qué dos barrios con perfiles demográficos parecidos responden de forma distinta ante una inundación o una ola de calor. Entre ambos pueden variar la confianza vecinal, las redes de apoyo, la relación con los servicios públicos, la presencia de asociaciones, los canales para difundir alertas, la memoria compartida de emergencias anteriores o la capacidad de organizar demandas sociales. El problema de denominar colectivo a una categoría La segunda barrera que nos encontramos en los métodos tradicionales, desde el punto de vista de las estrategias basadas en las soluciones, es semántica, lo que no excluye que sus efectos supongan un impacto negativo en la realidad. . En diferentes contextos oficiales, como convocatorias de ayudas públicas, estrategias y proyectos se utiliza con frecuencia la expresión «colectivos vulnerables» para agrupar realidades muy diferentes. En él se agrupan personas que se encuentran en la infancia, personas mayores, hogares monomarentales, personas migrantes en situación irregular o mujeres que han sufrido violencia machista. Algunas categorías designan etapas vitales; otras, situaciones jurídicas, familiares o de violencia. Sin embargo, ninguna de ellas permite presumir que quienes comparten la etiqueta se conocen, se reconocen como grupo o disponen de una red común. Según este uso administrativo, la palabra «colectivo» suele significar conjunto de personas clasificadas por una característica individual determinada. Sin embargo, la manera en la que se utiliza el término sugiere una idea de colectividad preexistente que no tiene por qué darse entre las personas que suman dicha característica. Además, este uso de indicadores individuales y objetivos para determinar qué es un colectivo, puede resultar en la homogeneización de experiencias muy diferentes y desplazar la atención de los procesos que producen la desigualdad hacia las supuestas propiedades del grupo, incurriendo así en su estigmatización. La literatura sobre derechos humanos ya ha advertido sobre cómo la etiqueta de vulnerabilidad puede reforzar imágenes de pasividad, dependencia o necesidad de tutela, además de ocultar capacidades y diferencias internas (Mayrhofer, 2024). Pero en realidad este obstáculo para diseñar políticas efectivas de adaptación no se resuelve eliminando toda categoría. El objetivo último de las administraciones consiste en identificar desigualdades para poder garantizar derechos específicos. La cuestión es no confundir una categoría poblacional útil para detectar una posible desventaja con una comunidad real, ni convertirla automáticamente en destinataria homogénea de una solución diseñada externamente. Esta confusión semántica favorece o promueve proyectos en los que el diagnóstico siempre quedará subordinado a las soluciones disponibles. Categoría poblacional, comunidad y actor colectivo Una categorización más precisa podría distinguir al menos tres niveles. Una categoría poblacional reúne a personas que comparten un atributo relevante para el análisis. Una comunidad implica una serie de relaciones sostenidas, cierto reconocimiento mutuo, prácticas compartidas o vínculos con un territorio, aunque no exista acuerdo pleno entre las personas que la integran. Un actor colectivo aparece cuando parte de esa comunidad desarrolla mecanismos de coordinación, formula objetivos comunes y adquiere capacidad para intervenir, convirtiéndose en agente. Nivel Qué permite afirmar Qué no debería presuponerse Categoría poblacional Existe una característica común relevante para el análisis Relación entre sus integrantes ni objetivos compartidos Comunidad Existen vínculos, prácticas, recursos o pertenencias compartidas Consenso, igualdad interna ni organización formal Actor colectivo Existe alguna capacidad de coordinación y acción hacia objetivos comunes Representación automática de todas las personas de la categoría Esta distinción permite evitar, al menos, dos errores. El primero es atribuir relaciones comunitarias a quienes solo comparten una clasificación. El segundo es idealizar cualquier comunidad como espacio de apoyo. Las redes pueden facilitar información, cuidados y acción colectiva, pero también reproducir desigualdades, cerrar el acceso a recursos o concentrar el trabajo comunitario en determinadas personas. Por eso interesa conocer su existencia, calidad, distribución y conexión con instituciones externas. La investigación sobre capital social y resiliencia climática confirma su importancia, pero también advierte que sus efectos dependen de para quién funciona la red y en qué contexto (Carmen et al., 2022). De personas vulnerables a procesos de vulnerabilización Otra barrera del enfoque tradicional de la vulnerabilidad es que no contempla el dinamismo inherente a las relaciones humanas y sociales. El término vulnerable asume características estáticas, ya
¿Se puede realizar una investigación integral en España? El caso de la DANA de Valencia de 2024

La dana ha puesto de relieve la necesidad y la conveniencia de disponer de una estructura muy organizada de investigación integral e interdisciplinaria que permita extraer aprendizajes de fenómenos complejos para adaptarnos como sociedad,reduciendo riesgos y daños potenciales asociados, de forma que también se puedan aplicar a situaciones parecidas en otros territorios.Un estudio de estas características, además de su indudable utilidad científica, tendría una relevancia sociopolítica sin precedentes, puesto que permitiría crear las estructuras y establecer mecanismos y procesos que posibilitaran emprender investigaciones integrales en relación con otros fenómenos y en otros lugares.En consecuencia, proponemos impulsar un estudio integral, sostenido y coordinado entre los tres niveles de gobierno del Estado, con datos abiertos, métricas comunes y un bucle de evaluación-aprendizaje; articular el conocimiento en red para su traslado a políticas públicas; construir una red coordinada de conocimiento alrededor de la dana, y vincular de manera sistemática investigación y políticas públicas para avanzar en resiliencia. Este enfoque permitiría capitalizar los aprendizajes de la dana de 2024 en la Comunidad Valenciana y fortalecer la preparación ante acontecimientos futuros en todo el territorio. Este extracto forma parte del capítulo elaborado por Ekona y la profesora Olga Mayoral para el informe Aquello que tenemos que aprender de la dana de València, que se presentó el 9 de junio de 2026 en octubre Centro de Cultura Contemporánea (OCCC), corresponde al Informe Transversal del Instituto de Estudios Catalanes (IEC) de 2025, coeditado con Publicaciones de la Universitat de València (PUV). Recoge las voces y reflexiones de Ekona y de 21 expertos y expertas más sobre la catástrofe de la dana que afectó el País Valenciano en octubre de 2024. El informe Aquello que tenemos que aprender de la dana de València se puede encontrar en el siguiente enlace (en catalán): https://puv.uv.es/documents/get/document/id/7857/allo_que_hem_aprendre_dana_valencia_mostra.pdf
Creación de un indicador compuesto para medir el desempeño universitario en la aplicación de la Agenda 2030

Naciones Unidas ha destacado el papel de la Universidad en la promoción e implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) definidos en la Agenda 2030. La educación e investigación universitarias, su capacidad de innovar, liderazgo social y posición privilegiada para trenzar alianzas intersectoriales, la sitúan como un actor esencial de la transición ecosocial. En el contexto de un proyecto de creación y desarrollo de un Observatorio universitario de seguimiento de la aplicación de los ODS de la Agenda 2030 en la UCM, se realiza la creación de un sistema de medición del desempeño de la universidad en dicha aplicación de la Agenda 2030, en coherencia con las inquietudes sociales, las preocupaciones de la comunidad universitaria y las declaraciones institucionales de las personas representantes de la propia entidad. La metodología empleada se basó en el “Handbook on Constructing Composite Indicators” de la OECD y el JRC para crear un indicador compuesto que permitiera resumir fenómenos complejos de manera simple, comparar entre actores similares con facilidad, y ofrecer información representativa. Las fuentes de los datos empleadas fueron diversas: fuentes online; consultas directas mediante los canales ofrecidos por la Universidad; entrevistas a actores relevantes de la Universidad con diferentes perfiles, experiencias y aproximaciones a la temática; obtención directa de datos mediante la observación in situ; y una encuesta dirigida mediante el Observatorio del Estudiante de la Universidad. Para la definición de los indicadores, un grupo de 30 investigadores e investigadoras de diferentes facultades utilizaron tres niveles de análisis de la actividad universitaria: campus, docencia e investigación, discursos y prácticas institucionales. Como resultado de ello se establecieron indicadores para cada uno de estos tres niveles de análisis referidos a todos los ODS. Tras el proceso de normalización, ponderación y agregación se consolidó un indicador compuesto de más de 400 indicadores, divididos equitativamente en los tres niveles de análisis. Únicamente para una tercera parte de estos indicadores se obtuvieron datos fiables en el primer año de aplicación (2024). El resultado del indicador compuesto en estas condiciones concedió a la Universidad un grado de desempeño medio-bajo. Si bien el número de indicadores utilizados para la construcción del indicador compuesto es suficiente para dar valor a la calificación media-baja de la universidad, estos resultados deben ser corroborados en años sucesivos con el trabajo de recopilación de datos para alcanzar grados de representatividad más cercanos al 100%. Por otra parte, es necesario señalar que, tanto el número de indicadores que conforman el indicador compuesto como sus estándares, también forman parte de un proceso vivo que se alimentará cada año a partir de los resultados iniciales. La revisión de los estándares de los indicadores del sistema establecerá objetivos progresivamente más ambiciosos hasta alcanzar el óptimo para cada uno de ellos y en conjunto en 2030. P. Cotarelo El texto anterior forma parte del resumen de un artículo publicado en el siguiente enlace (págs. 349-358): https://www.miteco.gob.es/content/dam/miteco/es/ceneam/grupos-de-trabajo-y-seminarios/investigacion/XVIII%20Seminario%20Investigaci%C3%B3n%20Educacion%20Ambiental%20y%2
Reconocimiento por la labor sobre la DANA

El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades ha reconocido el papel que ha jugado Ekona en colaboración con Olga Mayoral, subdirectora del Jardín Botánico y profesora de la Universidad de Valencia, al organizar espacios de diálogo y encuentro entre investigadoras e investigadores de disciplinas muy diversas que trabajan en territorios afectados por la DANA. Esta labor incluye múltiples entrevistas y espacios de trabajo con más de 80 personas del ámbito de la investigación, de la gestión, así como de organizaciones de la sociedad civil, con el fin de extraer aprendizajes sólidos sobre las causas, los impactos y los procesos de gestión de un fenómeno tan multidimensional como la DANA de 2024. Estas sesiones han permitido construir una lectura compleja y diversa de la DANA, combinando diferentes aproximaciones y marcos analíticos que enriquecen la comprensión profunda del fenómeno y sus efectos en el territorio. Más información: https://www.jardibotanic.org/?apid=cultura_i_comunicacio&id=721&idioma=_spa P. Cotarelo y O. Mayoral
Desarrollo de las comunidades energéticas en España

Generalmente, en el desarrollo de nuevos modelos económico-empresariales los primeros proyectos son impulsados por aquellos actores que concentran una cantidad suficiente de elementos que les conceden cierta ventaja frente al resto. Estos elementos ventajosos suelen agruparse en capital económico, conocimiento técnico e infraestructuras públicas.En términos territoriales, este fenómeno concede más posibilidades de desarrollo a unas zonas respecto a otras en la medida en que unas tienen más facilidad de acceso a la combinación suficiente de esos elementos ventajosos. El capital social es la suma de los recursos reales y potenciales, materiales o inmateriales, de una comunidad determinada, que pueden movilizarse entre los diferentes actores que la conforman, ya sean estos individuales o colectivos, públicos o privados. El desarrollo de las comunidades energéticas dependerá en buena medida del resultado de la combinación que se dé entre la intensidad de capital social y la accesibilidad a recursos energéticos renovables en cada caso. Categorías de territorios en función de la intensidad de capital social El resultado de la caracterización del territorio en función de la intensidad de capital social ofrece la posibilidad de clasificar las comunidades energéticas de un modo más complejo. Tipos de comunidades energéticas Descargar informe
Derechos más allá del humano

Durante siglos, el concepto “derechos” se ha reservado a las personas. Sin embargo, el siglo XXI está ampliando ese horizonte y la naturaleza empieza a ser reconocida como sujeto de derechos. Este cambio, que puede parecer simbólico, supone una verdadera revolución jurídica, ética y política. Significa pasar de proteger el medio ambiente “por utilidad” a reconocerle valor propio y capacidad de existencia. El punto de partida es un caso pionero: la Ley 19/2022, que otorgó personalidad jurídica al Mar Menor y su cuenca. A partir de esta experiencia, se abre un debate más amplio: ¿qué significa reconocer derechos a un ecosistema?, ¿qué cambia en la gestión ambiental cuando el territorio deja de ser un objeto y se convierte en un sujeto? El precedente del Mar Menor: cuando la naturaleza habla en primera persona La Ley 19/2022, aprobada por el Congreso de los Diputados en 2022, convirtió al Mar Menor en el primer ecosistema europeo reconocido como sujeto de derechos. Este paso histórico se inspiró en modelos internacionales –como los ríos Whanganui en Nueva Zelanda o Atrato en Colombia–, donde comunidades y juristas habían defendido que los ecosistemas debían contar con mecanismos legales propios de defensa. Según la ley española, el Mar Menor tiene reconocidos cuatro derechos fundamentales: 1. Derecho a existir y evolucionar naturalmente Implica respetar las leyes ecológicas que sustentan su equilibrio. No se trata solo de “conservar” la laguna, sino de permitirle regenerarse y evolucionar según sus dinámicas naturales, libres de presiones humanas desmedidas. 2. Derecho a la protección Supone detener o no autorizar actividades que representen un riesgo para su integridad, como vertidos, construcciones o sobreexplotaciones. 3. Derecho a la conservación Exige acciones activas para preservar especies, hábitats y espacios protegidos asociados a la laguna y su cuenca. 4. Derecho a la restauración Obliga a reparar los daños causados, devolviendo al ecosistema su funcionalidad y los servicios naturales que ofrece a la sociedad. Para hacer efectivos estos derechos, la ley creó un sistema de representación institucional: un Comité de Representantes, una Comisión de Seguimiento y un Comité Científico. En conjunto, actúan como la “voz” del Mar Menor ante las administraciones y los tribunales. Con esta estructura, la laguna deja de ser un mero espacio natural gestionado por políticas sectoriales y se convierte en una entidad política y jurídica con legitimidad propia. De la protección a la convivencia: hacia una nueva cultura jurídica El reconocimiento de derechos a entidades más que humanas marca un giro radical en la forma de entender la relación entre sociedad y naturaleza. Hasta ahora, la legislación ambiental se ha centrado en regular el uso de los recursos: cuánto se puede extraer, verter, ocupar o transformar. Pero en un contexto de crisis climática y colapso ecológico, ese modelo ha mostrado sus límites. Reconocer a un ecosistema como sujeto de derechos significa superar la visión instrumental —la naturaleza como “propiedad” o “recurso”— para situarla como parte de la comunidad de la vida, con dignidad y voz propia. Este cambio tiene consecuencias profundas: • Introduce nuevos criterios éticos en la toma de decisiones públicas. • Refuerza la responsabilidad ecológica de las instituciones y empresas. • Permite acciones legales en nombre del ecosistema, incluso cuando no haya afectación directa a personas. • Amplía la noción de justicia hacia un plano ecológico y colectivo. El concepto de “entidades más que humanas” abarca no solo ríos o lagunas, sino también bosques, montañas, suelos, humedales o especies clave que sostienen la vida en una región. Cada una podría, en determinadas condiciones, ser reconocida como sujeto de derecho ecológico, especialmente aquellas esenciales para la adaptación climática.Este cambio también se apoya en una comprensión más profunda de la propia naturaleza. Los ecosistemas no son simples agregados de elementos biológicos o geográficos, sino sistemas complejos con propiedades emergentes (como la autorregulación, la resiliencia o la capacidad de adaptación) que les permiten mantener su equilibrio y sostener la vida. Estas propiedades surgen de la interacción entre sus componentes, y no pueden entenderse a partir de la suma de las partes. Así, estos nuevos derechos no solo amplían el marco legal, sino que reflejan una evolución en la comprensión científica y ética del planeta: reconocer a la naturaleza como un conjunto de seres interdependientes, dotados de capacidad de respuesta y valor intrínseco. Adaptación climática con derechos La inclusión del reconocimiento formal de derechos de las entidades más que humanas en las políticas de adaptación al cambio climático podía garantizar una adaptación más justa, duradera y coherente con los límites biofísicos. Por ejemplo, otorgar derechos a ecosistemas estratégicos —como humedales, ríos o bosques— permitiría: • Establecer mecanismos de defensa legal automáticos frente a amenazas. • Asegurar la prioridad ecológica en los procesos de planificación. • Fomentar la cogestión entre instituciones y comunidades locales. • Impulsar una visión territorial integrada que trascienda la división administrativa. De esta manera, la adaptación al cambio climático dejaría de ser solo una política técnica y pasaría a ser una cuestión de justicia ecológica. Una corriente global en expansión El reconocimiento de derechos a la naturaleza no es una rareza aislada. En los últimos años, esta corriente se ha extendido por todo el mundo: • Ecuador fue el primer país en consagrar en su Constitución (2008) los “derechos de la naturaleza” (Pachamama). • Bolivia aprobó la Ley de la Madre Tierra (2010), reconociendo su valor intrínseco. • En Colombia, la Corte Constitucional declaró al río Atrato sujeto de derechos. • En Nueva Zelanda, el río Whanganui y el Monte Taranaki cuentan con personalidad jurídica y guardianes designados. • En India, los ríos Ganges y Yamuna recibieron estatus similar (aunque con controversias judiciales posteriores). Hacia una democracia más que humana En última instancia, explorar y reconocer nuevos derechos para las entidades más que humanas es una forma de democratizar la relación con los ecosistemas, que dejan de ser simples escenarios donde ocurre la vida humana, convirtiéndose en actores con agencia y vulnerabilidad propias. Reconocer la complejidad de los ecosistemas implica aceptar su capacidad de respuesta y su papel en los equilibrios del
Hacia el reconocimiento del derecho a un medio ambiente sano

Vivimos tiempos de transformación profunda. Mientras los efectos del cambio climático se hacen cada vez más palpables en nuestro día a día – desde olas de calor más intensas hasta fenómenos meteorológicos extremos –, una transformación silenciosa está teniendo lugar en el ámbito del derecho que busca responder a la pregunta fundamental sobre si tenemos derecho a un medio ambiente sano. La respuesta afirmativa a esta cuestión ha puesto en marcha un movimiento jurídico y político internacional que está redefiniendo las obligaciones de los Estados y los derechos de la ciudadanía. La emergencia climática como cuestión de Derechos Humanos Tradicionalmente, se ha conceptualizado el cambio climático como un problema ambiental, energético o económico. Sin embargo, esta perspectiva se está quedando corta. La crisis climática es, ante todo, una crisis de derechos humanos, y la percepción social sobre ella se acerca progresivamente a esta interpretación. Porque un entorno y un clima estables constituyen la base sobre la que se sostienen todos los demás derechos. Sin ello, el derecho a la salud se ve comprometido por las enfermedades propagadas por el calor o la contaminación; el derecho a la vivienda, amenazado por los desalojos forzosos tras una inundación; el derecho a la vida, en riesgo por la violencia de los fenómenos meteorológicos extremos; el derecho a la alimentación, asediado por las sequías que arrasan los cultivos; y el derecho a la igualdad, en estado crítico porque son los más vulnerables – las personas empobrecidas, las personas mayores, los pueblos indígenas – quienes sufren de manera desproporcionada los efectos de un clima inestable. La comunidad científica lleva tiempo señalando que la degradación de los ecosistemas, la deforestación y la pérdida de biodiversidad tienen consecuencias directas sobre la salud humana, al alterar los equilibrios ecológicos que nos sostienen. No se trata solo de evitar los daños que recaen sobre nosotros, sino de comprender que formamos parte del mismo sistema vivo. Esta comprensión desafía el paradigma antropocéntrico tradicional, que ha situado históricamente a la humanidad por encima del resto de la naturaleza. Esta visión integral, respaldada por el enfoque de Una Sola Salud, impulsada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y por la comunidad científica, nos recuerda que la salud humana, la salud animal y la salud de los ecosistemas están íntimamente interrelacionadas, y refuerza la necesidad de políticas que reconozcan la continuidad entre la salud humana, la salud de los ecosistemas y el derecho a un entorno sano. La investigación y la ciencia han trabajado las últimas décadas para comprobar esta conexión entre el cambio climático y la vulneración de derechos a través de sus impactos. El siguiente paso para la protección de dichos derechos corresponde al ámbito jurídico, que deberá traducir este reto en derechos exigibles y obligaciones concretas. Es en este punto donde la Opinión Consultiva OC-32/25 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) marca un antes y un después. El dictamen de la Corte IDH: un nuevo paradigma legal En mayo de 2025, a petición de Chile y Colombia, la Corte IDH se pronunció sobre las obligaciones de los Estados en el marco de la Emergencia Climática. Su opinión no es una mera recomendación; es una hoja de ruta jurídica detallada y vinculante para los países que forman parte del sistema interamericano. La Corte desglosa las obligaciones de los Estados en cuatro pilares fundamentales: 1. Obligaciones generales en el marco de la emergencia climática La Corte deja claro que los Estados tienen el deber de prevenir los efectos catastróficos del cambio climático. Esto ya no es una opción política, sino una obligación legal. Los gobiernos deben tomar todas las medidas necesarias –legislativas, administrativas, judiciales– para garantizar que las actividades bajo su jurisdicción no causen un daño transfronterizo significativo. La inacción, o la acción insuficiente, puede constituir una violación de los derechos humanos. 2. Obligaciones derivadas de los derechos sustantivos La Corte vincula explícitamente la emergencia climática con derechos ya consagrados, como el derecho a la vida y a la integridad personal. Un medio ambiente sano es una condición esencial para su disfrute. En la práctica, esto podría significar que una persona o una comunidad podría demandar al Estado si, por ejemplo, la contaminación del aire de una central térmica cercana está afectando gravemente su salud, argumentando una violación de su derecho a la integridad personal por la inacción del Estado en regular adecuadamente esa fuente de emisiones. 3. Obligaciones de procedimiento: transparencia y participación Los Estados no solo deben actuar, sino que deben hacerlo de una manera determinada. Esto incluye: a. Acceso a la información: garantizar que la ciudadanía tenga acceso a información clara, oportuna y comprensible sobre los impactos climáticos y las políticas para enfrentarlos. b. Participación pública: permitir que las personas intervengan de manera significativa en la toma de decisiones ambientales, como la aprobación de un proyecto con elevada huella de carbono c. Acceso a la justicia: asegurar que existan mecanismos judiciales o administrativos accesibles para impugnar acciones u omisiones que afecten el medio ambiente. 4. El Principio de igualdad y no discriminación La Corte es contundente ante el hecho de que la crisis climática es una crisis de desigualdad. Las obligaciones estatales deben aplicarse con una perspectiva de equidad, priorizando la protección de los grupos en situación de vulnerabilidad que se ven afectados de manera desproporcionada. Las políticas climáticas deben ser diseñadas para protegerles específicamente, evitando que la carga del cambio climático recaiga sobre quienes menos han contribuido a causarlo. Hacia un nuevo contrato social La exploración para incluir estos derechos implica un cambio profundo en la relación entre la ciudadanía, el Estado y el entorno. El reconocimiento del derecho a un medio ambiente sano no solo protege a las generaciones presentes, sino que extiende la justicia hacia quienes aún no han nacido. Este nuevo paradigma jurídico reconoce que la salud del planeta es, en sí misma, un bien jurídico que sostiene el resto de los derechos fundamentales. Siguiendo el liderazgo de la Corte Interamericana, los Estados tienen la oportunidad de evolucionar, de pasar
Observatorio universitario de las transiciones

Según la Ley que regula las universidades (LOSU), tanto las universidades públicas como las privadas deben garantizar el servicio público de la educación universitaria así como desarrollar sus funciones y tener como referentes, entre otros, la lucha contra el cambio climático y los valores que se desprenden de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. En el contexto actual de múltiples crisis, la universidad necesita un Observatorio que realice el seguimiento del desempeño de la universidad en el diseño, desarrollo, ejecución y transferencia de planes de transiciones ecosociales para lograr la sostenibilidad. Uno de los dispositivos a desarrollar por este Observatorio es un sistema de indicadores objetivos enfocado en obtener una calificación de la evaluación del desempeño de la universidad en la aplicación de los criterios de transición ecosocial. Una trayectoria exponencial de los esfuerzos entre 2024 y 2030 tiene una pendiente menor al inicio del proceso, lo cual puede facilitar la realización de los cambios estructurales que debe emprender la universidad para cumplir los criterios ecosociales. Con el tiempo la pendiente crece, de modo que se deban acelerar los cambios y mejoras, posibilitados por aquellos, más rápidamente en los últimos años cercanos a 2030. La trayectoria exponencial de los esfuerzos se traduce al tamaño de los intervalos de calificación del desempeño universitario en la aplicación de criterios ecosociales. Descargar informe
El tortuoso camino de la desturistificación

En los últimos meses, los movimientos vecinales de diferentes puntos del país han traído al debate público la necesidad de replantear de forma estructural el sector turístico en sus zonas. Advierten de que en estos lugares (y quizás en otros también) se ha superado la capacidad de carga debido al incesante crecimiento de la actividad turística y sus consecuencias. Entre ellas se encuentran el deterioro ambiental y el aumento de la contaminación, las aglomeraciones frecuentes y en algunos casos peligrosas, el empeoramiento de servicios públicos como el transporte, el encarecimiento de la vida común, el desplazamiento de la población local, las dificultades que las personas trabajadoras encuentran para vivir relativamente cerca de su lugar de trabajo cotidiano, la especulación con la vivienda, y la pérdida de la identidad cultural local. La inercia del monocultivo turístico Aunque quizás para el gran público se trata de una novedad, se lleva alertando de este problema desde diferentes colectivos y agentes sociales desde hace años gracias a los datos recogidos en otros emplazamientos donde el proceso de turistificación ha avanzado con anterioridad. Debido a estos datos y a las reflexiones, análisis y publicaciones desde las ciencias sociales, algunos responsables políticos han intentado aportar soluciones desde el ámbito de la política pública para evitar los efectos más graves del monocultivo turístico y, en algunos casos, para intentar revertirlo, con resultados dispares. Es necesario reconocer en primer lugar, que los incentivos que tienen los y las responsables políticos no son especialmente favorables para llevar a cabo esta tarea. Pues, a pesar del mandato institucional que deben cumplir en cuanto a representar los intereses de su población, y a pesar de las protestas sociales habidas en sus diferentes formas, parecen tener más peso los factores significativos que incentivan en sentido contrario. Como resultado vemos que la tendencia general es permanecer de la misma manera que hasta el momento, es decir, no hacer nada que altere el mecanismo turistificador. Se podría decir que el mayor incentivo para que nada cambie es que los cambios en general, y este en particular, conllevan un gran desgaste y son complejos. Esto es debido a las inercias, a las dificultades técnicas y a las relaciones de poder establecidas. Entre las dificultades técnicas se podría destacar una que, pese a su importancia, a menudo se obvia, que es la imposibilidad de sustituir el monocultivo turístico por otra actividad (o actividades) manteniendo los principales indicadores en términos similares. Al igual que cualquier otra actividad depredadora el turismo extrae “activos” (playas y otros espacios naturales, monumentos, clima, arquitectura, población formada y cuidada, infraestructuras públicas, etc.) de manera gratuita y los procesa generando retorno económico (que en muchos casos no revierte en la zona, ni siquiera a su clase capitalista) y externalidades generalmente negativas (como las enumeradas al principio del texto: deterioro ambiental y aumento de la contaminación, aglomeraciones, empeoramiento de servicios públicos, encarecimiento de la vida común, desplazamiento de la población local, dificultades que las personas trabajadoras encuentran para vivir cerca de su lugar de trabajo cotidiano, especulación con la vivienda, pérdida de la identidad cultural local). Además, cuando se llega a la fase en la que se ha consolidado el monocultivo de una actividad como ésta, se han dinamitado demasiados puentes para volver a considerarla una actividad más dentro de un abanico de actividades económicas que desarrollar. El proceso turistificador avanza alcanzando la fase de monocultivo socioeconómico y, una vez allí, sigue avanzando en su depredación del entorno y la sociedad sobre los que se asienta. Entre los indicadores que tienden a señalar de manera inequívoca que el monocultivo turístico se ha establecido se encuentran los siguientes: la población censada disminuye; la renta familiar disponible aumenta debido a la expulsión de las clases menos pudientes por la subida de precios generalizada y de la vivienda en particular; la superficie dedicada al turismo y a la hostelería aumenta en relación a otras actividades económicas, como la industria y la educación; la saturación de este tipo de actividad avanza colonizando cada vez más zonas de la ciudad; la proliferación de viviendas para uso turístico se extiende exponencialmente ante la ausencia de mecanismos de control efectivos; los comercios comúnmente dirigidos a la población local, como los de alimentación, viran su oferta hacia el turista, desapareciendo los de productos frescos como pescaderías, carnicerías y fruterías. Además, se comienzan a detectar fenómenos incomprensibles a simple vista, como el cierre de comercios (bajada de persiana) en las zonas más masificadas o sus alrededores porque se utilizan como almacén de otros locales (de hostelería, fundamentalmente) cuya actividad no puede desarrollarse de la manera deseada debido a la gran demanda a la que se les somete y sus necesidades de rotación de producto. Esto conlleva también el crecimiento de la sensación de inseguridad y/o riesgo en dichas zonas. En estas condiciones, un retorno económico de las mismas características sin incurrir en graves externalidades no es posible. Es decir, sustituir esta actividad de monocultivo por otra solamente se podría hacer asumiendo la misma (o mayor) cantidad de externalidades negativas. Las externalidades negativas podrían encontrarse en dos grandes grupos: las que quedan fuera de la legalidad, o aquellas que pusieran en riesgo grave la propia supervivencia del negocio en el corto plazo (como las de carácter ambiental o social que interrumpiesen considerablemente el flujo de capital). De hecho, en buena parte la expansión de este monocultivo procede de la percepción de que éste tiene mayor rentabilidad que el resto de actividades y es legítimo ofrecer facilidades a su desarrollo. Los mecanismos que facilitan su desarrollo por encima de otras opciones socioeconómicas también forman parte de la propia estructura institucional (pública y privada) del monocultivo turístico, lo cual aumenta la percepción de su gran rentabilidad y de la no necesidad de otras actividades no relacionadas con él. Por lo tanto, cuanto más avanza el proceso de profundización del monocultivo, más crece la imposibilidad de sustituirlo por otra actividad sostenible en términos económicos, ambientales y sociales. Por una parte, el imaginario colectivo e institucional se aleja cada vez
Modelo de gestión de los Espacios de Gran Afluencia

Habitualmente, las zonas donde se concentran más turistas en sus visitas se asocian a lugares concretos que tienen cierto atractivo turístico, tales como monumentos, sitios históricos o emblemáticos, espacios de recreo, etc. A estos espacios se les denomina Espacios de Gran Afluencia (EGA), tanto de turistas como de población local. En algunos lugares su gestión supone un problema muy importante para el gobierno municipal, llegando a reunir conflictos relacionados con la seguridad, la convivencia, la movilidad, los residuos, y el comercio, entre otros. Bases de un modelo de gestiónSi el punto de partida considerado es un lugar definido como Espacio de Gran Afluencia (EGA), el modelo de gestión de dicha zona tendría como propósito establecer objetivos anuales de reducción de la carga a la cual se somete al espacio. Dado el vínculo existente en los EGA entre el número de personas y los recursos que utilizan así como los residuos que generan, la carga a reducir estaría vinculada a los flujos y los fondos de materiales (mercancías y residuos) y flujos de personas, hasta conseguir su sostenibilidad. La definición de los objetivos anuales de reducción de carga tendrá que seguir un doble criterio para evitar incoherencias y disfuncionalidades.1. Establecimiento del objetivo (cuantitativo y cualitativo) con el respaldo político correspondiente.2. Puesta en marcha de mecanismos eficaces de gestión asociados a los ámbitos de los que dependen los objetivos. Tabla. Resumen y condiciones de los indicadores de carga Descargar informe